La acción sostiene que la aseguradora estatal incumplió
decisiones judiciales que ordenaban cubrir una
radioyodoterapia indicada tras un diagnóstico de cáncer
de tiroides.
Santo Domingo.– El abogado y paciente oncológico Ariel
Roberto Contreras Medos interpuso una demanda en
responsabilidad patrimonial contra el Seguro Nacional de
Salud (SENASA) y su director ejecutivo, Edward Guzmán
Padilla, por la presunta negación y posterior demora en la
cobertura de un tratamiento indicado para atender un
carcinoma papilar de tiroides.
La acción fue presentada ante el Tribunal Superior
Administrativo y plantea que la actuación de la
aseguradora estatal habría comprometido los derechos
fundamentales a la salud, la vida, la dignidad humana y la
tutela judicial efectiva.
De acuerdo con el expediente, Contreras Medos fue
diagnosticado en diciembre de 2024 con carcinoma papilar
de tiroides y sometido posteriormente a una tiroidectomía
total en CEDIMAT. El análisis de la glándula extraída
habría confirmado la presencia de un carcinoma papilar
clásico con invasión de la cápsula tiroidea.
Ante esos resultados, especialistas en endocrinología y
medicina nuclear le indicaron una terapia ablativa con
yodo radiactivo I-131, en una dosis de 100 milicurios, para
eliminar posibles células malignas residuales y reducir el
riesgo de recurrencia o diseminación de la enfermedad.
SENASA negó inicialmente la cobertura
Según la demanda, el paciente presentó ante SENASA la
indicación médica, los estudios clínicos y el presupuesto
correspondiente al procedimiento. Sin embargo, el 3 de
febrero de 2025 recibió una comunicación en la que la
institución informaba que la radioyodoterapia no estaba
incluida en su plan de servicios y que, por tanto, no podía
ser cubierta.
La parte demandante sostiene que esta negativa obligó al
paciente a acudir a la justicia mediante una acción de
amparo de extrema urgencia, mientras el tratamiento era
pospuesto y se prolongaba el proceso de preparación
médica.
El expediente afirma que las demoras obligaron al
paciente a mantenerse bajo una terapia hormonal
provisional y una dieta restringida en yodo por un período
superior al inicialmente previsto, situación que, según la
acción, le produjo afectaciones físicas, emocionales,
cognitivas y profesionales.
Tribunal ordenó cubrir el tratamiento
El 24 de febrero de 2025, la Cuarta Sala del Tribunal
Superior Administrativo ordenó a SENASA cubrir el 80 %
de la radioyodoterapia e impuso una sanción económica
diaria por cada día de incumplimiento.
La demanda señala que, pese a esta decisión, la cobertura
no fue autorizada de manera inmediata, lo que provocó
nuevas actuaciones judiciales, liquidaciones de astreintes y
recursos ante el Tribunal Constitucional y la Suprema
Corte de Justicia.
De acuerdo con los documentos, tanto el Tribunal
Constitucional como la Suprema Corte rechazaron
acciones interpuestas por SENASA para suspender o
impugnar la ejecución de las decisiones favorables al
paciente.
La parte accionante sostiene que la institución mantuvo
una conducta de incumplimiento continuado y que el
afectado tuvo que recurrir incluso a medidas de ejecución
forzosa para procurar el cumplimiento de las sentencias.
Reclaman responsabilidad patrimonial del Estado
La demanda argumenta que los hechos configuran un
funcionamiento anormal de la Administración pública y
una falta de servicio, al considerar que una institución
estatal no solo habría negado inicialmente un tratamiento
médico, sino que también habría retrasado su autorización
pese a la existencia de decisiones judiciales ejecutorias.
La acción solicita que el tribunal establezca la
responsabilidad conjunta de SENASA y de los
funcionarios señalados, así como la reparación de los
daños materiales, morales, psicológicos, biológicos y
profesionales alegadamente sufridos por el paciente.
En paralelo, Contreras Medos presentó una querella con
constitución en actor civil ante la Fiscalía del Distrito
Nacional contra exfuncionarios de SENASA y otras
personas vinculadas al sector privado.
En esta instancia solicita que los hechos sean investigados y valorados
dentro del expediente denominado Operación Cobra.
Los abogados del accionante solicitaron a las autoridades
determinar si la negativa y las demoras denunciadas
obedecieron a decisiones administrativas aisladas o si
guardan relación con irregularidades más amplias en la
gestión de los servicios de salud.
Las alegaciones contenidas en la demanda y en la querella
deberán ser conocidas por las autoridades competentes,
respetando el debido proceso, el derecho de defensa y la
presunción de inocencia de las personas señaladas.







