La califica de grave atentado contra el derecho a la intimidad, la libertad de expresión, derecho a la información previstos por los artículos 4, 7, 8, 44, 49, 50, 51, 69, 70, 74, 169 y 138 de la Constitución.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Colegio de Abogados de la Republica Dominicana interpuso una acción en inconstitucionalidad contra los artículo 9, 11, 13, 16, 22, 24, y 26 de la ley 01-24, que instituye la Dirección Nacional de Investigación (DNI), por atentar contra el derecho fundamental de libertad de expresión y acceso a fuentes de información, el derecho a la intimidad, a la libertad de empresa, al principio de transparencia del Estado, por afectar el principio de separación de los poderes públicos, en violación de los artículos 4, 7, 8, 44, 49, 50, 51, 69, 70, 74, 169 y 138 de la Constitución Dominicana.
Lo grave es que al tenor del artículo 26 de dicha Ley, los periodistas, abogados, médicos, bancos, telefónica, todo ente privado o publica se obliga a entregar las informaciones requeridas por el DNI, bajo pena de 3 años de cárcel, con lo que termina el secreto profesional del abogado, la cláusula de conciencia del periodista, el secreto de los archivos médicos, el secreto bancario, el secreto de las telecomunicaciones, con lo cual se institucionaliza el caliezaje de Estado por Ley, todo al margen del debido proceso, y sin fiscalización de un Juez. Dijo el Gremialista.
Dicha ley en su articuloo 9, numeral 6, oficializa además la interceptación de conversaciones telefónicas, correos electrónicos, el espionajes de datos y archivos empresariales por la sola decisión del director del DNI, todo al margen de autorización judicial, poniendo en grave riesgo la seguridad jurídica de nuestro País.
Lo peor es que con dicha legislación se le despojan al Ministerio Publico de su rol de jefe de la investigación penal, asumiéndolo el director del DNI bajo la dependencia del Presidente de la Republica, quien asume el rol de autorizar las interceptaciones de datos privados invadiendo el ámbito del Poder Judicial, pero además asumiendo las funciones del Ministerio Publico, asumiento la jefatura de investigación, con lo cual destruye el principio de separacion de poderes garantizado por el artículo 4 de la constitución Dominicana.
Dicha crea una sistema financiero clandestino, supervisado únicamente por el Financiero de la institución, que lo nombra el propio director, anulando la obligación de transparencia en el manejo de fondos publicos, en violación del principio constitucinal de transparencia de la administración publica, y del derecho a informacion publica garantizado por la constitución.
Esperamos que el Tribunal Constitucional pueda enmendar este grosero atentado perpetrado por un gobierno que denota poca vocación democrática, y que ordinariamente antenta contra los derechos fundamentales y el sistema democrático de nuestro Pais.







